En el momento de ser despedido es importante que el trabajador siga una serie de consejos, que se resumen en:
- Pide una copia de todo lo que vayan a hacer firmar
- Firma la carta de despido poniendo “no conforme” y la fecha. Si no te dejan poner eso, mejor no firmar.
- Firmar el finiquito poniendo “no conforme/pendiente de recibir” o “pendiente de revisar/pendiente de recibir” y la fecha. Si no te dejan poner eso, mejor no firmar.
- Pedir el certificado de empresa o preguntar a la empresa si lo va a enviar al Servicio de Empleo por internet.
Una vez se está despedido empiezan dos plazos muy importantes: el de demandar si no se está de acuerdo con el despido y el de pedir las prestaciones por desempleo.
Plazo para demandar después de un despido
El plazo para demandar cuando no se está de acuerdo con el despido es de 20 días hábiles
Importante: si se pasa el plazo, no podremos demandar
Si se pasa el plazo de 20 días hábiles para demandar se pierde la posibilidad de reclamar contra el despido, por lo que, aunque el despido esté mal hecho o los hechos imputados sean falsos, ya no se podrá hacer nada contra ese despido por haberse pasado el plazo.
Por lo que recomendamos no apurar los plazos y buscar asesoramiento profesional.
El plazo para pedir el paro después de ser despedido
El plazo para pedir tanto la prestación por desempleo como el subsidio por cotización insuficiente u otras ayudas a que se pudiera tener derecho es de 15 días hábiles
Un plazo no influye en el otro
Como hemos visto el plazo para pedir el paro y para demandar por despido son dos plazos completamente diferentes y un plazo no influye en el otro
Otro plazo: el que tiene la empresa para enviar el certificado de empresa
Uno de los documentos imprescindibles para pedir el paro es el certificado de empresa
La empresa tiene que enviarlo al Servicio Público de Empleo Estatal el mismo día del despido, si la envía por internet, o como mucho en el plazo de 10 días desde el despido. O entregárselo al trabajador en mano, con la firma y el sello original.
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