La justicia reconoce incapacidad permanente a un trabajador afectado por silicosis simple
El Juzgado de lo Social Nº4 de Bilbao ha emitido recientemente una sentencia por la que estima que la silicosis simple que padece el trabajador A.G.P. es susceptible de que se reconozca una incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional. A.G.P. ha trabajado como cantero en diversas empresas durante 19 años, siendo la última de ellas Obrinor SL, en la cual estuvo trabajando como peón de albañilería. Durante el juicio ha quedado acreditado que en la mayoría de ellas había exposición a polvo de sílice.
Pese a que el trabajador se encontraba en situación de desempleo y padece una silicosis simple, grado de dolencia que no suele reconocerse como incapacitante salvo que aparezca asociada a broncopatía, cardiopatía o tuberculosis, la sentencia estima la incapacidad debido a que las empresas no han aportado pruebas que acrediten que el trabajador pueda ser reubicado en ellas en puestos sin exposición a polvo de sílice. A.G.P. presenta la silicosis simple asociada a otra patología como la tuberculosis, pero al ser ésta última latente y no activa, se estima que lo que procede es la incapacidad debido a que padece una enfermedad de tipo progresivo. Aunque el trabajador permanezca asintomático y la tuberculosis latente, como es el caso, “su estado de salud le impide estar expuesto a riesgo de exposición al cristal de sílice”.
La conjunción de todos los factores expuestos implica que A.G.P. “se encuentra imposibilitado para el ejercicio de su profesión habitual como peón especialista albañil”. Se condena por todo ello a la Seguridad Social y a Mutualia al pago de la correspondiente prestación económica según los tiempos de exposición y aseguramiento de las contingencias profesionales en cada una de las empresas.
PODEMOS ESTUDIAR SU CASO Y ASESORARLE EN EL RECONOCIMIENTO DE UNA POSIBLE INCAPACIDAD PERMANENTE.